Los de Deusto son tontos

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Ya.. puto Gorbachov.

Ara dicen que si se le fue de las manos.. ¡mentira!, lo hizo todo premeditado

Tschüss

PS: Lo que me parece raro es que no triunfara el golpe de estado.

¡Camaradas!, si es cierto que no tenemos más que una vida.. ¡entreguémosla por el SOCIALISMO y por la REPÚBLICA! http://pravdakrasnaya.blogspot.com/

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me refería a Lenín

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Ahhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh...

Bah, Lenin mola bastante.

Tschüss

¡Camaradas!, si es cierto que no tenemos más que una vida.. ¡entreguémosla por el SOCIALISMO y por la REPÚBLICA! http://pravdakrasnaya.blogspot.com/

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Migumgg
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Y segundo, que siendo el marxismo el que más ha desarrollado la teoría de la explotación, aunque no participes de sus ideas, qué menos que al hablar de ella al menos entiendas qué conceptos estás empleando. Porque incluso en la RAE sirve en ese sentido para negar que la afirmación de que la explotación implica necesariamente salario como decia migumg

 

Aquí se enumeran casos de explotación laboral en correlación al Estatuto de los trabajadores:

  • Trabajar jornadas seguidas sin tener descanso alguno (como mínimo 12 horas entre jornadas)

Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.

 

Art 37, ep. 1 del ET

  • Trabajar exceso de horas. Cuando se estipula en el contrato x horas y se trabaja realmente x + n horas de más, y además hacer cobrar el conjunto de horas totales x+n como x .
  • Trabajar en días festivos y no ser remunerdados

Horas extraordinarias.

1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior.

Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

2. El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3 de este artículo. Para los trabajadores que por la modalidad o duración de su contrato realizasen una jornada en cómputo anual inferior a la jornada general en la empresa, el número máximo anual de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que exista entre tales jornadas.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso.

3. No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias.

4. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo dentro de los límites del apartado 2 de este artículo.

5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

 

Art. 35 del ET.

  • Exceso de tareas. Supongamos un trabajo de una empresa de diseño multimedia y se haya contratado al empleado como "diseñador" y este, aparte de realizar su trabajo tenga que hacer además de programador, maquetador, desarrollador...

El trabajo efectivo que preste el trabajador en la empresa deberá estar relacionado con las tareas propias del nivel ocupacional, oficio o puesto de trabajo objeto del contrato.

 

Art 11, secc. 2 apartado f del ET

  • Impago o retraso de los pago (cobrar el mes siguiente lo que tendría que haber cobrado el mes pasado)

La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.

El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.

La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.

Art. 29 , epígrafe 1 del ET.

  • Trabajar en la víspera de un examen para la obtención de un título reglado.

El trabajador tendrá derecho:

a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

Art. 23 epígrafe 1 del ET.

  • Hacer trabajar al trabajador en horas de clase (horario lectivo).

El trabajador tendrá derecho:

b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

Art. 23 epígrafe 2 del ET.

  • Hacer trabajos durante el descanso del trabajador (llevarse el trabajo a casa sin estar estipulado)

El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla.

 

Art. 34 epígrafe 8 del ET.

 

 

Y ale, venga. Sigue tomandote mis palabras como te de la gana, para asi "tener" razon. Y ahora no me digas que si "impagos" y demas, que una cosa es que no sea asalariado, y otra que no te paguen cuando toca o no te puedan pagar.

He visto a Yoda dar saltos como Son Goku... ¡¡Nada puede sorprendeme ya!!

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Y ademas, que Marx diga tarari o tarara sobre que es o no es explotacion, sera unica y exclusivamente desde el punto de vista marxista, no desde el capitalista, sistema actual y que se utiliza para juzgar lo que es o no es en temas laborales.

 

Y di lo que quieras tambien de la RAE, que en ningun momento dice nada al respecto de temas laborales, por tanto, logicamente, no va a decir nada de salarios.

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Utilizar en provecho propio, por lo general de un modo abusivo, las cualidades o sentimientos de una persona, de un suceso o de una circunstancia cualquiera.

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No, si yo tambien se leer. Hace referencia directa al tema laboral? Insisto en que cualquier explotacion no asalariada, es esclavitud. Te pongas como te pongas.

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a ver, yo, ni nadie, tenemos la culpa de que haya gente que no sepa usar la palabra explotación en el sentido economico. ya sea la rae o la puta de aida, esque me da igual. explotación es lo que yo dije (bueno yo no, pero lo que puse aqui en un post). Las malas condiciones laborales, de higiene, de maltratos etc, son eso, malas condiciones.

cualquier explotacion no asalariada es esclavitud?mmmmh, no. porque la esclavitud conlleva otras cosas, como por ejemplo y lo mas fundamental, que tu amo, tu propietario pueda venderte como una mercancia. es decir la esclavitud propiamente dicha es el "esclavo mercancia", el doulos griego. porque por ejemplo un siervo de la gleba no es un esclavo, por muy malas que pueran sus condiciones de vida y aunque viviese peor que un esclavo determinado. Un siervo no recibe salario, sino que trabaja unas tierras, paga una resndas al señor, esta obligado a hacer prestaciones de trabajo gratuito al señor y ademas esta sujero a una serie depracticas juridicas recuperadas de la servitud romana que van mayoritariamente en su contra. pero no es un esclavo, porque un esclavo es otra cosa. en el libro de Ste. Croix "la lucha de clases en el mundo griego antiguo" o en la grecia antigua o algo así, trata sobretodo de esto, de esclavitud, libertad, los status sociales, las clases, etc. y hay unas buenas definiciones de lo que es esclavo (definiciones actuales), de lo que es un siervo, de lo que es el trabajo servil, etc.

quiero decir, que puede haber gente que viva fatal y que su vida sea una mierda, pero eso no implica que sea un esclavo. estas categorias no se ponen porque si, es decir, aunque parezca lo mismo, no tiene nada que ver decir que alguien es un siervo, o que es un esclavo, o que es un explotado asalariado. porque cada categoria lleva implicitas una serie normas juridicas, un sistema economico diferente, unas maneras de apropiacion del trabajo de los demás diferentes. Por eso es necesario tener claros los conceptos, porque si se quiere cambiar las cosas hay que tenerlo todo claro. No se puede salir de un sistema esclavista del mismo modo que se puede demoler un sistema feudal, o capitalista. Las maneras de luchar o de cambiar las cosas tendran que ser forzosamente distintas, porque no es solo que alguien se apropie de un excedente, sino que es tambien toda la construccion ideologica que lo ampara, los mecanismos juridicos, represores, la mentalidad de la gente, la estructura del Estado, etc.

saludos

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Angus, en la epoca feudal, el pago por los trabajos en las tierras del señor y demas, se hacia en especie. Cierto es que la esclavitud conlleva propiedad del esclavo por parte del que le explote.

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no. el siervo trabaja unas tierras, y es el el que paga una renda al señor. además de eso está obligado a hacer prestacones de trabajo gratuito al señor. Si por ejemplo de las tierras del siervo (en las que está adsrito y donde tiene que vivir y trabajar) el sierov se queda lo que resta de haber pagado al señor, o al obispo o al rey, de guardar la parte X para sembrar el año que viene y de guardar una parte que le servira para comercializar en las redes de mercados campesinos (para abastecerse de productos necesarios para vivir y trabajar, y tambien para convertir parate de la especie en moneda para pagar alguna tributacion que le es exigida en moneda). Es decir, no es el señor el que le paga al siervo, sino que es el siervo que tiene que vivir con lo que le quede despues de descartar todo este % de la produccion. Además, está un siervo siervo de los de evrdad, osea en epoca feudal, obligado a trabajar unas tierras que son DEL SEÑOR, quiero decir donde el siervo no está adscrito, de forma gratuita, prestando serivcios de trabajo detemrinados deias al año. Ahi estamos delante de un caso de trabajo gratis no remunerado de nunguna manera. Ahora bien, el siervo o la sierva esa, es un esclavo/a? no. porque? Porque el señor no es su amo, no puede venderlo, aunque pueda maltratarlo segun el derecho vigente en determinadas circuntancias, no puede venderlo ni de coña, no es una MERCANCIA.

saludos

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...y soy esclavo de tus beeesos...

HOLA HOLA MIS DRUGOS

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Migumgg
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A ver Angus... del total que saque el siervo de la plantacion (del señor), se queda con una parte para plantar de nuevo, otra parte para su uso propio, otra parte como "recompensa", y el resto para el señor. Pero todo es del señor. Por mucho que el que trabaje y se deje sudor y sangre en el campo sea el siervo.

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claro, si. pero eso no es un salario. no tiene nada que ver con el salario propiamente dicho del sistema capitalista. es muy diferente, la economia funciona de otro modo.

pero igualmente, aunque alguien pudiera considerar que eso que dices sea un "salario". el trabajo gratis que tiene que hacer el siervo como prestacion obligatoria? no es remunerado de ninguna manera, y sin embargo eso no lo convierte en un esclavo.

saludos

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Hombre, claro. No puedes aplicar algo del sistema capitalista al sistema feudal.

Y no, no es remunerado en el sentido actual de la palabra. Pero, no se... recibe recompensa por su trabajo (aunque sea solo al final de la cosecha), y reciba menos de lo que su trabajo merece.

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ya pero un esclavo en cierto sentido tambien recibe una "recompensa", porque el amo le da comida y un sitio para dormir, y en ciertos tipos de esclavitud el esclavo vivia hasta de una forma nada denigrante, podia tener bajo su custodia otros esclavos que estaban "por debajo" de el, etc.

saludos

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ya, media españa todavia sigue así. ya lo decian en los santos inocentes

saludos

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hombre.... como los perros hay q mantenerlos si los tienes, si no se mueren.

HOLA HOLA MIS DRUGOS

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Joder Angus, esuqe si no les das de comer, tarde o temprano los muy vagos se acaban muriendo de hambre.

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pues eso. al siervo tambien se le mantenia como a un perro. porque con la cantidad de exacciones arbitrarias y normas de tocar los cojones que habia, en epocas de máxima presion señorial el campesino siervo desposeido medio tambien vivia como un puto perro con lo que le quedaba de la producción.

saludos

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A ver Angus... del total que saque el siervo de la plantacion (del señor), se queda con una parte para plantar de nuevo, otra parte para su uso propio, otra parte como "recompensa", y el resto para el señor. Pero todo es del señor. Por mucho que el que trabaje y se deje sudor y sangre en el campo sea el siervo.

...no todas las tierras eran del señor. Solo las del redo que incluía a los siervos denominados chassé. Los chassé eran, supuestamente, los más favorecidos por la cercanía al círculo del noble. Sólo esos territorios funcionaban de la manera como mencionas. Pero la mayoría de los aparceros reportaba ingresos de la manera en como menciona Angus: el diezmo. Pagaban el diezmo en especie a los enviados del rey, los missi. Por lo menos yo estoy hablando de Francia, Alemania e Italia, y no creo que haya sido muy diferente en España.

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...a ver, en la Alta Edad Media también había esclavos, parte de los siervos, personas que eran pertenencía de un noble menor, que trabajaba parcelas para el señor, y también recibía su paga. Básicamente porque los nobles consideraban que un esclavo sin paga tarde o temprano huiría o se rebelaría contra su señor. Cuando Carlomagno llega al poder de los francos, comenzará a recomendar a sus nobles que concedan la libertad a sus esclavos. Según Eginhard: "Un esclavo rinde igual o casi igual que un chassé. Trabaja con más impetú al sentirse libre, aunque le doblen el trabajo; siente que las tierras son suyas".

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Lo del diezmo es otra cosa. Al rey o noble que mandase en la zona (que no tenia por que ser el propietario de las tierras) se les pagaba un diezmo (una decima parte). O a la iglesia. O a ambos. Pero la mayor parte de lo sacado en las plantaciones era para el dueño de las plantacioens (uqe podia ser el rey, la iglesia, el noble de esa zona, o un simple comerciante acaudalado).

He visto a Yoda dar saltos como Son Goku... ¡¡Nada puede sorprendeme ya!!

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...¿y quieren dejar de mezclar los churros con las coyotas? El concepto "explotación" no existe en la época feudal. El señor obtiene manutención, no ganancia, ni plusvalía ni nada de eso. Creo que el concepto de "explotación" nace con la Teoría del Trabajo, o del Valor-Trabajo. De ahí para allá, "explotación" comprendido como injusticia, consumo de recursos ambientales, etc., es bastante más contemporaneo. "Explotación" es específicamente económico y social... ¿o me equivoco?

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esque durante toda la edad media existieron esclavos, y en la edad moderna y en la contemporanea. pero no eran la fuerza de trabajo dominante como si lo fueron en otras epocas. Bueno, pudieron serlo en sitios muy localizados o en espacios de tiempo determinados, comoe l caso de los negros esclavos de las plantaciones de algodon de Norteamérica

saludos

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comoe l caso de los negros esclavos de las plantaciones de algodon de Norteamérica

Now I do my talking with a gun and blood will spill into the gutters and it will stain the morning sun. 

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sí, explotacion es algo propio del capitalismo.

En general en historia para hablar de lo que hoy se conoce como explotacion se usa el termino "apropiacion del excedente" almenos en la historiografia que parte del materialismo. Es decir, unas pocas personas que se apropian del trabajo de otras muchas, de la forma que sea. Segun cual sea el modo dominante de esta extraccion (apropiacion) del trabajo ajeno por parte de la clase dominante, se hablará de modo esclavista, modo feudal, modo noseque, etc. Lo que pasa es que hacer este tipo de divisiones es algo muy arbitrario puesto que nunca se ha dado un sistema puro. Es decir, en epoca clásica en Grecia, o en Atenas mas concretamente pudo haber un sistema donde la clase dirigente extraia mayoritariamente el excedente para vivir del trabajo esclavo... pero a la vez en ese momento y lugar existian formas de trabajo libre y muchos estatus que se situaban "entre la esclavitud y la libertad" como dice Finley. Es decir, usar categorias absolutas no suele funcionar bien para todo. Pero desde el punto de vista que yo exponia (y que bueno es el que defienden autores marxistas como Ste. Croix) es que lo importante para caracterizar una sociedad es saber de que modo la elite que dirige obtiene el excedente de produccion. O yo que se, con el ejemplo de los negros de Norteamérica... el sistema mundial global podria denominarse capitalista, con libre contratacion, salarios etc, sin embargo en sitios como ese el sistema dominante era el esclavista... el cual estaba emmarcado en un sistema "superior" que lo condicionaba, el capitalista.

saludos

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Pero la mayor parte de lo sacado en las plantaciones era para el dueño de las plantacioens (uqe podia ser el rey, la iglesia, el noble de esa zona, o un simple comerciante acaudalado).

...mentira.

El contrato de aparcería es aquel por el cual el propietario (cedente aparcero) de una finca rústica encarga a una persona física (cesionario aparcero) la explotación agrícola de dicha finca a cambio de un porcentaje en los resultados.

Habitualmente trae anexo un derecho de habitación a favor del aparcero sobre un inmueble sito en la finca.

...en resumen el aparcero obtenía la mayoría de la rentabilidad de la finca, proporcinándole un porcentaje al latifundista (en este caso el noble o eclesiástico) que le ha asignado la tierra. Este sistema de producción era el más usado desde la Caída de Roma (incluso un poco antes en muchas partes) hasta bien entrado el siglo XII. Esto es básicamente porque durante casi toda la Edad Media el campesino aparcero era quien se costeaba su propio armamento a la hora de marchar con su señor. Los chassé, al obtener menos recursos de sus tierras, eran armados directamente por el noble.

 

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pero esque hay que tener en cuenta que desde que cae Roma y hasta que llega el sistema feudal, pasan muchos años, siglos. Quiero decir, cuando acaba Roma, el sistema bestual de servitud a que estaba sujeto el campesinado, va acabando y da lugar a un sistema donde el campesino/a no está tan jodido. Poco a poco, hasta que llega el siglo X, XI cuando ya se puede hablar de sistema feudal, se irá recuperando el derecho romano en lo que se refiere a las normas que coercionan segun que acicones del campsino hasta llegar a una presion muy bestia, igual que se va produciendo un proceso de desposesion campesina, de endeudamiento, a través de contratos precarios y toda una serie de mecanismos, hasta que se llega a una situacion campesina equiparable a la servirud de antes de que el imperio romano de occidente se fuese a la mierda. Es decir, hay un "hiato" entre servitud y servitud. enmedio hay varios siglos donde las cosas no son nunca iguales. Esque a veces parece que la gente se crea que: cae Roma - empieza el sistema feudal - 1789 acaba el sistema feudal. Pues no, estas divisiones no existen. Lo que se denomina feudal es algo que no llega hasta bastante tarde, y tiene que ver con esto que dije, con la generalizacion del feudo, la jurisdiccion del nobre en su condado que usurpando poderes publicos, la desposesion campesina y la recuepracion de la servitud.

saludos

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PaulKersey
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Por lo menos yo estoy hablando de Francia, Alemania e Italia, y no creo que haya sido muy diferente en España.

En España suele decirse que el feudalismo no tuvo tanta fuerza, por lo menos en la Alta Edad MEdia y particularmente en el reino de Castilla, existían figuras e instituciones como las behetrias o las comunidades de villa y tierra que en cierto modo se dice que limitaban el poder de los señores, luego sobre todo tras la guerra civil castellana se van haciendo concesiones a los magnates que han apoyado a Enrique el Bastardo por ejemplo dio Buitrago en señorío a los Mendoza.

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Tengo entendido que fuera de Italia no se han encontrado grandes villas esclavistas.

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