No considero que ninguna Constitución sea el fundamento de los derechos humanos. La nuestra, sin ir más lejos, no reconoce la igualdad de todas las personas en tanto que el jefe de Estado lo es por nacimiento. Y sin embargo la igualdad es un derecho que reconocemos y al que aspiramos como Bien.
Esto no es algo que esté abierto a debate: Los derechos funamentales sólo son invocables en tanto están recogidos en una Ley, sea ésta una constitución, una carta otorgada o cualquier otra norma con caracter de norma fundamental.
El recurso al Derecho Natural hace tiempo que ha sido desechado, y actualmente, fuera del Derecho positivo no hay Derecho, hay ideales de justicia.
No digo que todo deba cambiarse cada pocos años, y obviamente hay cosas que se mantienen, hace 2000 años no podías empezar a matar gente por la calle y hoy tampoco, lógico. Simplemente que cuando la ley se queda desfasada en algún aspecto, debe cambiarse. De lo contrario todavía nos regiríamos por el código de Hammurabi. 30 años es un tiempo prudente para empezar a plantearnos cosas; los que hicieron la Constitución están muertos, retirados, o son dinosaurios como Fraga -entiéndase sin carga peyorativa-.
La propia Constitución trae el mecanismo para su reforma (y ya ha sido modificada en 1994), amén de las reformas en el llamado "bloque de constitucionalidad", Leyes Orgánicas que regulan órganos (valga la redundancia) e instituciones funamentales del Estado, como la LOTC, la LOPJ o los propios Estatutos de Autonomía. El problema es cuando alguna de dichas normas se sale del marco establecido por la CE. Si tal cosa ocurre, el TC lo que viene a decir es que, para una roforma de ese calado hace falta un quórum más amplio (no lo dice así, pero está implícito).
Imaginemos que el estatuto catalán tiene la capacidad de fijar la actuación del Estado, como en el asunto de la financiación y la inversión territorializable*, un Estatuto de Autonomía estaría regulando normas que afectan a las demás CC. AA. (y al Gobierno estatal), y está bien que el TC lo tumbe, ya que "lo que afecta a todos, por todos debe ser decidido". Incluso en una federación, no se puede romper el pacto (fodeus) que le da nombre.
*Cosa que no puede: ya se vio que la reforma de la financiación autonómica vino no por el Estatut, si no por la capacidad de presión política de los grupos parlamentarios catalanes en las Cortes Generales... ya he dicho que la STC seguramente diga que lo que el EA recoja al respecto no obligará al Estado.
¿En persona? ¿Quién se supone que es el pueblo?