Buenas,
estoy mirando muchas bases de concursos de novela para mandar algo, y me encuentro a menudo algo similar a esto:
El otorgamiento del Premio supone que el autor de la obra galardonada cede en exclusiva a XXX, para todos los países y lenguas del mundo, y por todo el período de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual, todos los derechos de explotación —en cualquier formato o soporte y canal conocidos en el momento del otorgamiento del Premio— sobre esa obra, incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
¿Os suena tan mal como a mí? Por lo que yo sé, el periodo de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual es de toda la vida del autor y 75 años después de su muerte para los herederos.
¿Significa eso que si ganas alguno de esos premios, nunca jamás en la vida recuperarás los derechos de tu propia obra?
Es que suena muy chungo, oye...
Buenas,
estoy mirando muchas bases de concursos de novela para mandar algo, y me encuentro a menudo algo similar a esto:
¿Os suena tan mal como a mí? Por lo que yo sé, el periodo de vigencia de los derechos de Propiedad Intelectual es de toda la vida del autor y 75 años después de su muerte para los herederos.
¿Significa eso que si ganas alguno de esos premios, nunca jamás en la vida recuperarás los derechos de tu propia obra?
Es que suena muy chungo, oye...
No soy un experto en la materia, pero creo que se deben distinguir dos aspectos. Por un lado, la titularidad. El autor siempre es el titular de su obra. No se puede nunca publicar una obra sin mencionar a su autor. Ninguna persona puede atribuirse como suya la obra de otro. Este aspecto es irrenunciable.
Por otro lado está la explotación económica de esos derechos de autor. Estos sí que se pueden ceder y renunciar. Lo que no sé ya es por cuanto tiempo y a cambio de qué remuneración.
Pero insisto, no soy un experto.
Bastante inútil