Derechos de autor

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Tokrand
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Poblador desde: 26/01/2009
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Una pequeña duda que tengo. Acerca de los escritos que publicamos tanto en esta pagina como en otras webs, blogs y demas sin haberlos registrado previamente... ¿Hasta que punto quedan protegidos sus derechos por la fecha de publicacion (que es lo unico que consta)?

A ver si alguien puede aclararme un poco como va esto.

Un saludo. Tok ;)

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weiss
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Poblador desde: 26/01/2009
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Alguna vez me he leído concienzudamente la ley de propiedad intelectual, aunque de la última ya hace tiempo, así que no te creas mucho lo que te digo. Sí recuerdo que el único derecho absolutamente inalienable es el del reconocimiento de la autoría, esto es, que una editorial puede hacer con tus obras prácticamente lo que le dé la gana, menos cambiar el nombre del autor. Aunque está la figura del "negro", que plantea cuestiones que se me escapan a ese respecto. De todos modos he tenido la oportunidad de leer algo sobre el tema, y creo que mediante tecnicismos legales puede dársele al "negro" carácter de "corrector de estilo" al servicio de la editorial, de manera que puede -y debe, de hecho- renunciar a sus derechos como autor. Desde qué punto un tipo pasa meramente de "corregir" a crear casi en su integridad la obra, hay tan amplia gama de grises que la cuestión pierde objetividad y se vuelve de lo más imprecisa. No sé si habrá jurisprudencia al respecto, pero me da que es en cualquier caso ley tácita del gremio cumplir con la palabra dada (aparte está que los contratantes del "negro" deben tener bien atado el asunto para que no se le ponga levantisco a unas malas). ¿Conocéis algún caso de un "negro" que haya roto la baraja y exigido que se le reconozca alguna de sus obras de encargo? A mí ahora mismo no me suena ninguno...

Cuando se trata de un espacio de acceso público en el que uno publica voluntariamente y sin pretender contrapartidas económicas sus textos, el reconocimiento de la autoría sigue siendo absolutamente inviolable, así como el propio derecho de publicar o retirar la obra. Si ves que alguien publica algo tuyo en un sitio en el que no hayas dado consentimiento, sea o no con fines lucrativos, puedes denunciarlo. De no explotarse comercialmente no sacarás ni un duro, pero se te deja vetar la publicación. Si el sitio obtiene un beneficio directo de tus textos -porque condicione el acceso a ellos a un pago, cualquiera que sea el formato de presentación (en papel u online restringido...); no cuenta el beneficio indirecto que supone para el website la publicidad que contratan otras empresas, y que lo hacen precisamente porque juzgan interesante la oferta de contenidos de ese sitio y el público que por ella accede a él-, ese detalle debe estar muy muy claro en las condiciones de publicación en el mismo. De no referir expresamente tal circunstancia, también se le puede meter. Ahora, de este caso tampoco conozco precedentes. En esta línea, sería interesante leer la letra pequeña de los sitios en los que publicamos nuestros textos, caso de OZ. ¿Alguien se ha parado a mirarla?

En fin, esto así grosso modo. Si alguien conoce más detalles sobre el tema, serán bienvenidos sus comentarios ;)

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Julián Castro
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Yo lo que conozco es eso que ha dicho Weiss, lo de que están obligados a reconocer tu autoría. En cuanto a blogs y cosas del estilo, hay una página que se llama Creative Commons que provee de una especie de derechos de autor totalmente gratis, con la licencia que tú quieras, para proteger todo el contenido que pongas en tu página web.

"La mayor locura del hombre es pretender estar cuerdo..." www.loslibrosgrises.blogspot.com

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Patapalo
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Las condiciones de publicación aquí son muy simples (no nos da ni para letra pequeña): http://www.ociozero.com/?q=node/412

 

En cuanto a la pregunta de Tokrand, tal y como yo la entiendo... La fecha de publicación es vinculante de la autoría. Es decir, prueba que a fecha de tal, el relato era original tuyo. Cualquier registro que alguien intente hacer a posteriori quedaría invalidado por esa prueba de publicación: es decir, una vez publicado en una web, nadie puede cogerlo y registrarlo. (Bueno, en realidad puede hacerlo, pero es como quemar dinero, porque no le serviría de nada en caso de litigio).

Al mismo tiempo, si publicas algo que alguien ha registrado previamente, estás violando sus derechos de autor.

Luego corresponde a los tribunales dar un veredicto, pero es importante saber que un sello de correos franqueado en un sobre cerrado con la obra dentro u otra prueba circunstancial semejante tiene el mismo peso que el registro de la propiedad intelectual.

Parte de la sabiduría consiste en saber ignorar algunas cosas.

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Tokrand
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Muchas gracias por vuestra ayuda compañeros. Humildemente os agradezco vuestro tiempo. La cosa es que voy a comenzar una especie de serie-novela en mi blog, y queria tener un par de cosas claras a este respecto.

Un saludo. Tok

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